A travรฉs de la Resoluciรณn General Conjunta Nยบ 5236/2022 se establece la creaciรณn de un nuevo rรฉgimen
de informaciรณn productiva respecto de la producciรณn de granos y semillas en proceso de certificaciรณn –
cereal y oleaginoso- y legumbres secas, y de las existencias de trigo.
Por lo cual quedan obligados a cumplir el referido rรฉgimen informativo los productores cuya actividad –
principal o complementaria- sea la obtenciรณn de los productos indicados anteriormente, mediante la
explotaciรณn de inmuebles rurales situados en el paรญs, propios o de terceros, cualquiera fuera su
modalidad de contrataciรณn.
Dicha obligaciรณn deberรก cumplirse aรบn cuando el sujeto obligado no disponga, al momento de suministrar la informaciรณn, de existencia de trigo y/o de producciรณn de granos y semillas en proceso de certificaciรณn -cereales y oleaginosas- y legumbres secas.
La informaciรณn se suministrarรก por campaรฑa agrรญcola, en los plazos que -para cada caso- se establecen a
continuaciรณn:

A) Existencias de trigo respecto a las variedades detalladas en el โ€œAnexo IP 3 – Existencias de trigoโ€ al
รบltimo dรญa del mes de febrero de cada aรฑo: desde el 1 y hasta el 31 de marzo del aรฑo en que se declara,
ambos inclusive. Se incluirรกn como existencias los productos comercializados a partir del 1 de marzo,
inclusive, de cada aรฑo.

B) Producciรณn de granos detallados en โ€œAnexo IP 4 – Producciรณn Iโ€: desde el 1ยฐ de enero y hasta el รบltimo
dรญa de febrero, ambos inclusive, del aรฑo inmediato siguiente al de inicio de la campaรฑa agrรญcola cuya
producciรณn se declara.

C) Producciรณn de granos detallados en โ€œAnexo IP 5 – Producciรณn IIโ€: desde el 1 de agosto y hasta el 30 de
septiembre, ambos inclusive, del aรฑo inmediato siguiente al de inicio de la campaรฑa agrรญcola cuya
producciรณn se declara.

La declaraciรณn de la producciรณn de granos se efectuarรก independientemente del destino que se le
otorgue a los mismos con posterioridad a la cosecha.
Con lo cuรกl la informaciรณn a presentar por los productores agropecuarios queda de la siguiente manera: