1- Aislamiento social, preventivo y obligatorio para toda la población: es una medida para combatir la propagación de coronavirus. Se restringió la circulación tanto en las rutas nacionales como dentro de las ciudades de todo el país para la población en general desde el 20 de marzo y hasta el 12 de abril inclusive, salvo excepciones y permitiendo que continúen en funcionamiento servicios esenciales.
2- Precios máximos para alimentos de la canasta básica y productos de primera necesidad (por lo que deben publicarse los listados de precios): para garantizar el abastecimiento, controlar a comerciantes y evitar el abuso de precios durante la emergencia sanitaria, el Ministerio de Desarrollo Productivo dispuso que desde el 20 de marzo y por 30 días, los precios de alimentos de la canasta básica mantengan, como máximo, el precio que tenían al 6 de marzo pasado.
3- Ingreso Familiar de Emergencia: esta medida consiste en un pago excepcional de $10.000 en el mes de abril para personas desocupadas, trabajadores informales, monotributistas inscriptos en las categorías “A” y «B» y trabajadoras de casas particulares.
4– Suspensión temporaria del corte de servicios por falta de pago: el Gobierno dispuso que las empresas prestadoras de servicios como el suministro de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable, no puedan suspenderlos por falta de pago -hasta 3 facturas consecutivas o alternas-. La medida rige por 180 días y comprende a usuarios titulares de la AUH y AUE, jubilados y pensionados, a quienes perciben seguro de desempleo, a usuarios electrodependientes, MiPyMES, Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES, instituciones de salud, públicas y privadas, y las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.
5- Cierre de fronteras: el Gobierno argentino determinó la prohibición de ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país por un período de 15 días. Luego amplió esta medida a personas residentes en el país y a los argentinos con residencia en el exterior hasta el 12 de abril inclusive.
6- Pago extraordinario al personal sanitario: el Estado Nacional le pagará un bono extra de $5.000 en abril, mayo, junio y julio a quienes presten servicios en centros asistenciales de salud en el sector público, privado y de la seguridad social que, en relación de dependencia, estén abocados al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVD-19.
7- Créditos: Se destinarán más de $ 350.000 millones fundamentalmente a pequeñas y medianas empresas por 180 días con tasa de interés fija del 24% anual. De ese monto, $ 25.000 millones a tasa diferencial para productores de alimentos, higiene personal y limpieza y de insumos médicos.
8- Renovación del programa Ahora 12 por un plazo de seis meses: y expansión hacia compra on line de productos nacionales, con énfasis en las pymes.
9- Obra pública: Aumento en $ 100.000 millones del presupuesto para obras viales, de infraestructura económica, de construcción y refacción de viviendas y de escuelas.
10- Procrear: Relanzamiento del programa para construcción y refacción de viviendas con 100 mil créditos. Y nueva línea rápida para pequeñas refacciones y mantenimiento de hogares, 200 mil créditos de hasta $ 30 mil cada uno.
11- Reducción de las cargas previsionales e impositivas: por 90 días para empleadores de actividades relacionadas con la salud; y reducción de las alícuotas del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios para asimilar a todo el sistema de salud al tratamiento vigente para obras sociales.
12- Eximición del pago de contribuciones patronales: a los sectores afectados de forma crítica por la emergencia, como los sectores vinculados al turismo o el espectáculo.
13- Ampliación del Programa de Recuperación Productiva (Repro): Los planes Repro serán otorgados a las empresas que cuenten con hasta 25 empleados y que acrediten una situación de crisis. En estos casos, el Estado pagará el equivalente al salario mínimo, vital y móvil ($ 16.875 pesos). El dinero restante para completar el sueldo del trabajador deberá ser aportado por la empresa.
14- Prórroga hasta el 30 de abril de la suspensión de embargos: a las micro, pequeñas y medianas empresas (pymes).
15- Prórroga de la presentación web del formulario 572: de deducciones del impuesto a las Ganancias hasta el 30/04/2020.
16- Flexibilización de los encajes y nuevos topes a la posición de Letras de Liquidez (Leliq): de los bancos que liberan $ 350.000 millones para créditos blandos a empresas y familias.
17- Bono extraordinario de $3.000 para jubilados y pensionados: que perciben el haber mínimo y la diferencia entre el haber de aquellos que estén por debajo de $18.892 y ese monto.
18- Refuerzo del seguro de desempleo: y pago extra de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Embarazo (AUE) por $3.100.
19- Postergación del pago de las deudas de abril y mayo: con Anses de AUH y jubilados.
20- Suspensión del trámite de actualización de fe de vida, por parte de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas durante marzo y abril.
21- Moratoria para MiPyMES: Se prorroga la adhesión hasta el 30 de junio. Se extiende hasta el 30/6/2020 el plazo para adherirse a la moratoria para las micro, pequeñas y medianas empresas. No extiende los plazos de deuda incluida, solo hasta los vencimientos de Noviembre 2019.
22- Las personas afectadas a las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular: Para ello y desde el día 1 de abril de 2020 deberán contar con el Certificado Único de Circulación el cual se solicita con Clave Fiscal en el Servicio de trámites a distancia https://tramitesadistancia.gob.ar/
23- Alquileres: Se suspende la ejecución de las sentencias de desalojo, siempre que sea por falta de pago un contrato de locación. Se congela el precio de los contratos de locación de inmuebles (alquileres). Durante la vigencia de la medida, se deberá pagar el precio de alquiler correspondiente al mes de marzo. La medida va del 29 de marzo al 30 de septiembre.
24- Créditos Hipotecarios: El Gobierno decidió congelar el monto mensual de las cuotas de créditos hipotecarios UVA hasta el 30 de septiembre, como parte del paquete de medidas para evitar el impacto del coronavirus en los ingresos de los hogares.
25- Créditos para pagar sueldos: Se puede financiar hasta el 100% de la masa salarial bruta de la PYME. Destinada a micro, pequeñas y medianas empresas (según Resolución 340/17). El plazo es de 12 meses, con un período de gracia de 3 meses. La tasa es del 24% TNA fija por el período del crédito.