El gobierno de Entre Ríos dispuso, a través del Decreto 1128, el diferimiento hasta el 31 de diciembre de 2020, de los vencimientos de:
- El Impuesto sobre los Ingresos Brutos
- Los aportes patronales del Fondo de Integración Ley 4035
- Impuesto Inmobiliario Urbano
- Impuesto Automotor
De los períodos devengados de julio a noviembre de 2020 para las actividades relacionadas con deportes y esparcimiento, cultura, turismo, bares y restaurantes, transporte de pasajeros y otros.
Los códigos de actividades que gozan del beneficio están establecidos en el Anexo del decreto.