El gobierno de Entre Ríos dispuso, a través del Decreto 1128, el diferimiento hasta el 31 de diciembre de 2020, de los vencimientos de:
  • El Impuesto sobre los Ingresos Brutos
  • Los aportes patronales del Fondo de Integración Ley 4035
  • Impuesto Inmobiliario Urbano
  • Impuesto Automotor

De los períodos devengados de julio a noviembre de 2020 para las actividades relacionadas con deportes y esparcimiento, cultura, turismo, bares y restaurantes, transporte de pasajeros y otros.

Los códigos de actividades que gozan del beneficio están establecidos en el Anexo del decreto.