El poder ejecutivo nacional a través del Decreto 665/2019 dispuso del establecimiento de una asignación no remunerativa para los trabajadores del sector privado de $5000, el cual se abonará en el mes de octubre de 2019 o en los plazos, cuotas y condiciones que establezcan las partes signatarias de los Convenios Colectivos de Trabajo en el ejercicio de su autonomía colectiva.

En ese ejercicio el Sindicato de Empleados de Comercio, a través de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios dispuso que el pago podrá efectuarse en un máximo de cinco cuotas iguales y consecutivas de $1000 pagando la primera al sueldo devengado en septiembre y continuando en meses siguientes.

Sin perjuicio de lo anterior, aquel empleador que así lo considere, de acuerdo con el Decreto, podrá abonar la asignación no remunerativa en un pago único durante el mes de octubre.

De lo analizado por lo dispuesto por el sindicato remarcamos que no se especifica fecha para el pago del mismo cuando se decida pagar en una única vez, por lo que sería importante el pago durante el mes de octubre pero no es obligatorio que sea el cuarto día hábil del mes.

Completando lo dispuesto por el decreto, se remarca que el decreto no implica una afectación del derecho constitucional de negociación colectiva de las partes intervinientes en cada actividad.

Quedan excluidos del alcance del aumento los trabajadores del Sector Público nacional, provincial y municipal, los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario y el Personal de Casas Domésticas.

Por último, la suma establecida se compensará en las próximas revisiones salariales, teniendo en cuenta lo anteriormente aclarado, cada actividad tiene libertad de negociación colectiva.

Los empleadores que hubiesen otorgado unilateralmente o de acuerdo de manera extraordinaria, otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 12 de agosto de 2019, podrán compensarlos hasta igualarlos con los $5000.